Tipo de retención aplicable a los alquileres y actividades profesionales para el periodo 2015-2016. Como consecuencia de la finalización del periodo transitorio que se inició en el 2011 y la entrada en vigor el próximo 1 de enero de la reforma fiscal aprobada por el gobierno, los nuevos tipos de retención serán los siguiente, con fecha efectos desde el 1 de enero del 2015:
| 2015 | 2016 | |
| Rendimientos de Inmuebles (Alquileres) | 20% | 19% |
| Rendimientos profesionales | 19% | 18% |
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